Contrato temporal

¿Qué es el contrato temporal y cómo se formaliza?

El contrato temporal, a diferencia del contrato indefinido, es aquel que tiene por objeto el establecimiento de una relación laboral entre empresario y trabajador por un tiempo determinado.
El contrato temporal o de duración determinada puede formalizarse verbalmente o por escrito, salvo los de duración superior a cuatro semanas, que necesariamente deberán constar por escrito, así como los formativos, los de obra o servicio determinados, los de los trabajadores a distancia y los de los trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero. En todo caso, durante la vigencia de la relación laboral, cualquiera de las partes podrá exigir la formalización del contrato de trabajo por escrito.

¿En qué casos se pueden realizar contratos temporales?

Contrato temporal o de duración determinada

El Estatuto de los Trabajadores únicamente permite la celebración de contratos de duración determinada en los siguientes casos:
Contratos de obra o servicio determinados, consistentes en la realización de obras o sevicios con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, es de duración incierta. No obstante, estos contratos no podrán tener una duración superior a los tres años, ampliables un año más cuando el convenio colectivo sectorial así lo permita.
La negociación colectiva será la que determine los trabajos o tareas con sustantividad propia dentro de la actividad normal de la empresa que puedan cubrirse con este tipo de contratos.
Contratos eventuales por circunstancias de la producción. Se podrán concertar contratos temporales debido a las circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa.
La duración máxima será de 6 meses, dentro de un período de 12 meses, contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. No obstante, por convenio colectivo sectorial se podrán modificar estos plazos aunque el período máximo dentro del cual se podrán realizar será de 18 meses, no pudiendo superar la duración del contrato las tres cuartas partes del período de referencia establecido ni, como máximo, 12 meses. Si el contrato se estableció por una duración inferior a la máxima, podrá prorrogarse mediante acuerdo de las partes por una única vez y sin que la duración total del contrato pueda exceder de dicha duración máxima.
Los convenios colectivos determinarán las actividades en las que puedan contratarse trabajadores eventuales, así como los criterios generales relativos a la adecuada relación entre el volumen de esta modalidad contractual y la plantilla total de la empresa.
Contratos de interinidad. Se podrán celebrar contratos temporales que tengan por objeto sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo, siempre que en el contrato de trabajo se especifique el nombre del sustituido y la causa de sustitución.
También son contratos temporales los contratos formativos, así como los demás tipos de contratos que se celebren por duración determinada.

¿Qué particularidades tienen?

Los trabajadores con contratos temporales y de duración determinada tendrán los mismos derechos que los trabajadores con contratos de duración indefinida, sin perjuicio de las particularidades específicas de cada una de las modalidades contractuales.
El empresario deberá informar a los trabajadores de la empresa con contratos de duración determinada o temporales, incluidos los contratos formativos, sobre la existencia de puestos de trabajo vacantes, para garantizales así las mismas oportunidades de acceder a puestos permanentes que los demás trabajadores. Esta información podrá facilitarse mediante un anuncio público en un lugar adecuado de la empresa o centro de trabajo, o mediante otros medios previstos en la negociación colectiva, que aseguren la transmisión de la información.
Los convenios podrán establecer criterios objetivos y compromisos de conversión de los contratos de duración determinada o temporales en indefinidos y también establecerán medidas para facilitar el acceso efectivo de lostrabajadores temporales a la formación profesional continua.


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